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Este artículo ofrece un resumen general de las leyes y normativas regionales que pueden afectar a los anfitriones en la Región de Murcia. Además de estas leyes, los municipios pueden haber aprobado normativas o restricciones urbanísticas que afecten a tu actividad. Debes asegurarte de respetar la legislación y las normativas que se apliquen a tus circunstancias específicas y a tu zona.
Este artículo no es exhaustivo y no puede considerarse asesoramiento jurídico o fiscal, de modo que te recomendamos que investigues por tu cuenta sobre estas cuestiones. Además, como no actualizamos este artículo en tiempo real, tendrás que comprobar todas las fuentes y asegurarte de que la información proporcionada no haya cambiado recientemente. Te recomendamos que solicites asesoramiento jurídico o fiscal sobre tu situación específica.
El Gobierno de Murcia cuenta con normativas específicas para las viviendas de uso turístico. Según el Decreto autonómico que regula esta cuestión, se consideran «viviendas de uso turístico» aquellas que se ponen a disposición de terceros con carácter temporal y con fines turísticos, amuebladas y equipadas en condiciones de uso inmediato, comercializadas o promocionadas en canales de oferta turística, a cambio de una contraprestación económica y de forma habitual. Se considerará que una propiedad se alquila «de forma habitual» cuando 1) se anuncie o promocione a través de canales de oferta turística y 2) se alquile en dos (2) o más ocasiones en del mismo año, o una (1) vez al año, pero en repetidas ocasiones.
Las viviendas de uso turístico en la Región de Murcia pueden ofrecerse en su totalidad (como un alojamiento entero) o por habitaciones, lo que significa que ambas modalidades están sujetas a los requisitos obligatorios que se especifican a continuación.
En la Región de Murcia, debes inscribir cualquier vivienda que tengas previsto ofrecer como alojamiento turístico en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia. Como parte del proceso, primero deberás presentar una declaración responsable ante la Dirección General de Turismo en la que confirmes que cumples las normativas vigentes y cualquier otro requisito previsto a escala regional y local.
Una vez que completes el proceso, se asignará un número de registro a tu alojamiento turístico (por ejemplo: VV.MU.0000-0000).
Para ser anfitrión en España, es posible que tengas la obligación de obtener un número de registro nacional en el Registro de la Propiedad e incluirlo en el anuncio de tu alojamiento en Airbnb. En este artículo encontrarás más información sobre tus obligaciones respecto al registro nacional y otros detalles relevantes.
Las autoridades de la Región de Murcia exigen que muestres tu número de registro, así como las condiciones relativas a la política de reservas, en cualquier tipo de anuncio de tu alojamiento turístico, incluido el que publiques en Airbnb. En la sección Detalles del anuncio encontrarás un campo en el que puedes incluir tu número de registro.
Para obtener más información sobre cómo te afectan las normativas de Murcia sobre los alojamientos turísticos o acerca de las repercusiones que tienen en tu propiedad, puedes ponerte en contacto con el Instituto de Turismo de la Región de Murcia.
Tenemos el compromiso de colaborar con las autoridades locales para lograr que estas normativas sean más claras en lo que respecta a la economía colaborativa y para contribuir a que se tengan en cuenta los beneficios que aporta Airbnb a nuestra comunidad. Siempre que sea necesario, seguiremos defendiendo cualquier cambio que permita a los particulares alquilar sus viviendas.